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REP: Neumáticos en Problemas

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Es probable que los sistemas colectivos de gestión para los NFU no empiecen a operar en el plazo decretado.

El 20 de enero de 2023 debieran comenzar a operar en Chile los primeros sistemas de gestión que se harán cargo de los productos priorizados en la Ley 20.920 sobre fomento al reciclaje y Responsabilidad Extendida del Productor, más conocida como Ley REP. El proceso se iniciará con los neumáticos fuera de uso (NFU) y, aunque persigue un objetivo que todo el país comparte –como es impulsar con fuerza la recuperación y valorización de materiales reciclables–, no ha estado exento de dificultades.

De hecho, tanto autoridades como representantes del sector privado reconocen que muy probablemente no todos alcancen a cumplir con el plazo establecido en el Decreto Supremo (DS) Nº 8/2019, y ya se buscan algunas fórmulas para enfrentar el problema.

“Las asociaciones gremiales ANAC, Chile Neumáticos y CINC, representantes de todo el sector de neumáticos y vehículos, actuarán en forma conjunta solicitando formalmente obtener del Ministerio del Medio Ambiente el acompañamiento necesario para tener éxito en la REP, dado que es un hecho que, al 20 de enero de 2023, ninguna empresa en Chile de la categoría A podrá estar registrada en un sistema de gestión“, señala por ejemplo Iván Villar, gerente de innovación y desarrollo de EcoNeu, una de las entidades colectivas que se está conformando para gestionar NFU con un aro inferior a 57 pulgadas, con excepción de los de 45, 49 y 51 pulgadas.

¿Cuáles son las razones de este retraso?, ¿qué postura tiene la autoridad al respecto?, ¿cómo se vislumbra el panorama en el resto del sector? Son algunas de las interrogantes que respondemos a continuación.

Probable Incumplimiento

De acuerdo a lo establecido en la Ley REP y sus respectivos reglamentos, todos quienes coloquen por primera vez en el mercado nacional algún producto prioritario (neumáticos, envases y embalajes, aparatos eléctricos y electrónicos, aceites lubricantes, pilas y baterías) deben financiar e integrar sistemas individuales o colectivos para recuperar y valorizar esos materiales una vez que se conviertan en residuos. Para operar, estos sistemas tienen que contar con planes de gestión aprobados por el Ministerio del Medio Ambiente (MMA). Y en el caso de las entidades colectivas requieren, además, de la visa previa del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para asegurar que en su funcionamiento no existan reglas, hechos o actos que impidan, restrinjan o entorpezcan ese principio de mercado.

En ese contexto, desde el MMA informan que, hasta octubre, eran cinco los sistemas para NFU que habían presentado planes de gestión, todos ellos individuales. De éstos, cuatro se harán cargo de neumáticos categoría B (vale decir, con aros de 45, 49 y 51 pulgadas e iguales o mayores a 57 pulgadas, como los que se usan en la minería): Goodyear de Chile, que ya cuenta con la aprobación ministerial; Finning Chile, Michelin Chile y Bridgestone Off The Road Tire Latin America, que siguen en evaluación. En la misma situación estaba el plan de Epiroc Chile que gestionaría NFU categoría A.

¿Qué ocurre con los sistemas colectivos? Los dos que ingresaron al TDLC, todavía están a la espera de su informe favorable por parte de este organismo, por lo que aún no pueden presentar su plan de gestión.
Así lo comenta Tomás Saieg, jefe de la Oficina de Implementación Legislativa y Economía Circular del Ministerio del Medio Ambiente. La autoridad comenta además que, de acuerdo a la revisión que han hecho de los planes de gestión recibidos, “los puntos que más deben reforzarse son con respecto a los antecedentes que deben presentar las solicitantes”. Agrega que estos planes “deben contener el detalle y justificación sobre la data presentada, asegurando un relato lógico y coherente que garantice de forma razonable su eficacia para el cumplimiento de las obligaciones en el marco de la REP, de acuerdo con los requisitos y criterios descritos en el Decreto Supremo Nº 8/2019“. Al mismo tiempo, recomienda tomar como referencia la Guía para ejecutar esta tarea, publicada por el MMA en septiembre de 2021 (Resolución 1023, disponible en el sitio rechile.mma.gob.cl) y que el sistema de gestión explique punto por punto cada uno de los aspectos indicados en ese documento, “justificando tanto lo que les aplica como lo que no les aplica”.

Enseguida, afirma que los sistemas de gestión pueden comenzar a operar inmediatamente después de que sus planes sean aprobados. “Sin embargo, en el caso de los sistemas de gestión colectivos, la operación en terreno no podrá comenzar hasta que se hayan realizado y adjudicado las licitaciones para la contratación de los respectivos gestores, lo cual seguramente tomará algunos meses”, advierte.

En el escenario descrito, ¿los sujetos regulados por la Ley REP podrán empezar a cumplir las exigencias del DS 8 en el plazo establecido? Tomás Saieg responde: “Aquellos productores que han presentado planes de gestión individuales están en buen pie para poder comenzar su operación al 20 de enero de 2023. Sin embargo, aquellos que se han adherido o piensan adherirse a un sistema colectivo van atrasados y es poco probable que puedan comenzar en la fecha señalada”.

Añade que, a pesar de eso, es posible que en este último caso “lleguen a cumplir sus metas para el primer año, siempre y cuando el comienzo tardío no signifique un menor logro de recolección y valorización de NFU. Lo anterior es sin perjuicio del incumplimiento normativo que significa no estar adherido a un sistema de gestión para el 20 de enero del 2023″.

Luego asegura que en el Ministerio del Medio Ambiente están “conscientes del plazo próximo a la entrada de vigencia de las metas de recolección y valorización de neumáticos, por lo que se están tomando todas las medidas que se encuentran en nuestras manos para que los sistemas puedan comenzar a operar lo antes posible”.

Solicitud de Acompañamiento

Una visión más crítica de la situación tiene Iván Villar, quien lleva varios años impulsando la REP en el sector neumáticos y en el último tiempo se ha dedicado a concretar el futuro sistema de gestión colectivo (SGC) EcoNeu. Con esa experiencia advierte: “Los requerimientos de la ley REP y del DS 8 para la creación y autorización de los SGC, son muy exigentes y requieren de la intervención de distintos estamentos de la Administración Pública (TDLC, MMA, municipalidad), los cuales tienen plazos de respuesta fuera de nuestro control. Dado que la fecha de obtención del preceptivo informe favorable del TDLC es desconocida y que estamos ante un proceso que se realiza por primera vez en Chile, sin experiencia previa, creemos que los SGC para neumáticos fuera de uso no podrán estar operativos en la fecha señalada”.

Recuerda que desde un inicio se avizoró que el tiempo decretado no sería suficiente. “Sólo el proceso en el TDLC auguraba como mínimo plazos superiores a 8 meses y para la autorización del plan de gestión más de 4 meses. Es decir, de los 24 meses que la autoridad dictamina para crear los SGC, el mismo Estado utiliza más del 60% del tiempo programado, donde el privado nada puede hacer para acelerar la tramitación”, acota. Añade que a esas diligencias se debe sumar el proceso para conformar una corporación, el cual puede demorar hasta 3 meses, y las licitaciones de los servicios de recolección y valorización con gestores autorizados, que como mínimo tardan 2 meses.

“Visto esto, hemos levantado la inquietud al MMA y nos preocupa su rigidez y falta de adaptación ocasionada por la misma normativa que ellos han generado”, dice Villar. Comenta que la autoridad les ha señalado “que es poco probable cambiar las resoluciones y menos aún un decreto supremo con el fin de aplazar la fecha de entrada en funcionamiento o permitir trámites provisionales en forma paralela, como sí lo contempla la resolución acerca de los planes de gestión de envases y embalajes”.

Así lo ratifica y explica Tomás Saieg: “Los plazos de los procesos de la REP están establecidos en la Ley, el DS 8/2017 (Reglamento REP) y los decretos de metas de neumáticos (DS 8/2021) y envases y embalajes (DS 12/2021). Al ser las resoluciones instrumentos de menor rango legal que los anteriores, no es posible utilizarlas para modificar los plazos establecidos”.

Más allá de la justificación regulatoria, Villar plantea que “para procesos inéditos como éste, con una amplia complejidad administrativa y estratégica, la autoridad debe ser más versátil, interactuar en forma más dinámica y comprender que incumplir en forma generalizada, también repercute en los resultados que la autoridad medioambiental cosecha”. En relación a eso, sostiene que esta situación afecta directamente la calidad de los planes y estrategias de cada SGC, como también su capacidad de innovación para cumplir las metas de una manera más sustentable.

Y luego insiste: “Como productores reconocemos que estamos aprendiendo a implementar la Ley REP en Chile, pero el regulador también está aprendiendo y debe ser más acompañante del proceso y no un regulador distante”.

En ese contexto, anuncia que las asociaciones gremiales ANAC, Chile Neumáticos y CINC –algunos de cuyos miembros han dado forma a EcoNeu– solicitarán de manera formal al MMA el acompañamiento necesario para tener éxito en la implementación de la REP.

El otro sistema de gestión colectivo para NFU que espera por un informe favorable del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia es el impulsado por los grupos Derco y GildemeisterAlejandro Navech, gerente general de esta entidad que se conformará como una corporación sin fines de lucro, comenta que en diciembre de 2021 iniciaron su tramitación ante el TDLC y en junio pasado “tuvimos la audiencia para exponer nuestros estatutos como las bases de licitación de recolección y de la valorización de los neumáticos fuera de uso. Creemos que en cualquier momento el Tribunal nos dará una muy buena noticia y podremos presentar el plan de gestión al MMA”.

Agrega que pretenden comenzar a operar, sí o sí, en el año 2023, pero también enfatiza en que mientras el TDLC no emita el informe no podrán concretar ese objetivo. “Por ahora, seguimos invitando a las empresas generadores de residuos de neumáticos que quieran que les retiremos sus NFU, sin costo para ellos, que nos contacten para entender su problemática y convenir un retiro planificado y bien pensado para cuando estemos en operación. Sabemos que esto será una realidad y estamos preparándonos”, concluye.

Valorización e Incentivos

A la espera del visto bueno del TDLC, en EcoNeu también están contactando a todos los importadores de neumáticos del país para informarles de sus responsabilidades como productores según la ley REP, junto con las opciones que tienen para cumplir esas obligaciones. Al mismo tiempo, se están comunicando con las empresas generadoras de NFU, que incluye a aquellas donde los usuarios recambian sus neumáticos y las empresas de transporte. “Es vital que ellos conozcan su rol y los beneficios de acercarse a un SGC que programe el retiro gratuito y frecuente de los neumáticos usados que generan”, apunta Villar.

El ejecutivo comenta que las empresas fundadoras y las hoy interesadas en asociarse al sistema colectivo reúnen un poco más del 50% del mercado en la categoría A, cifra que muy pronto esperan que aumente considerablemente.

También destaca que la capacidad de valorización de NFU existente en Chile ha aumentado de manera importante en los dos últimos años “y creemos que nos va a permitir gestionar, como mínimo, las metas que nos exige el Decreto”.

No obstante, anticipándose a las exigencias graduales que contempla el DS 8, advierte que es imprescindible trabajar desde ya en dos temas cruciales: la instalación de más plantas de tratamiento y valorización, idealmente distribuidas en regiones; y la creación de incentivos en el uso de las materias primas secundarias que se obtienen del reciclaje de neumáticos. “El Estado debe ser uno de los actores principales en la compra de estos productos y, además, juega el rol de crear normativas” que permitan, por ejemplo, aprovechar los combustibles alternativos que se derivan de los NFU e incorporar el uso del caucho recuperado como insumo para la construcción de caminos o de espacios públicos.

En relación a esto, Tomás Saieg comenta: “Es de interés del MMA apoyar el desarrollo de normativa técnica que establezca estándares y procedimientos claros para el uso de materiales valorizados en distintas aplicaciones para el sector construcción, de forma de asegurar que éstas sean inocuas tanto para la salud humana como para el medio ambiente y hagan un uso realmente circular de los materiales”.

Agrega que actualmente se trabaja en varias de estas normas técnicas y se está buscando acelerar estos procesos, con apoyo del sector privado interesado. Por último, Saieg resalta que estas regulaciones ayudan a elevar los estándares de confianza para su aplicación y si se diseñan con participación estatal y luego son oficializadas por un ministerio, “pueden pasar a ser parte de reglamentos o manuales de compra del Estado, como el manual de carreteras, y ser incluidas en las compras derivadas de aplicación de subsidios estatales, como los que entrega el Ministerio de Vivienda y Urbanismo”.